Probablemente, la forma jurídica de sociedad más conocida en Alemania es la sociedad de responsabilidad limitada (GmbH).
Es muy frecuente encontrar una empresa con una estructura personalizada, es decir, en la que un pequeño número de accionistas posee la totalidad del capital social y actúa también como socio gestor.
La GmbH debe fundarse con un capital social mínimo de 25.000 euros; no hay límite máximo para el capital social.
El órgano de representación de una GmbH es el gerente, cuyo poder de representación no puede limitarse al exterior. Sin embargo, es posible transferir el poder de representación a varios directores gerentes conjuntamente; la existencia de una representación individual o conjunta se verá reflejada en la inscripción respectiva en el registro mercantil.
A diferencia de una sociedad anónima, por ejemplo, el director general de una GmbH está sujetosa la autoridad de la junta de accionistas. No obstante, una instrucción al director general requiere la acción conjunta de los accionistas o una resolución adecuada en una junta de accionistas.
Una subforma de la GmbH es la Unternehmergesellschaft – UG-(haftungsbeschränkt). No se exige un capital mínimo para ellos. Sin embargo, debe examinarse en cada caso concreto si esta forma societaria es la solución óptima para el fin empresarial perseguido.