Derecho de sociedades | OLG sobre la cancelación de una cuenta de Facebook

Derecho de sociedades | OLG sobre la cancelación de una cuenta de Facebook

Derecho de sociedades | El Tribunal Regional Superior de Karlsruhe ha dictaminado en una sentencia (referencia del asunto: 10 U 17/20) que Facebook sólo puede cancelar la cuenta de un usuario sin previo aviso en casos excepcionales.

En el caso concreto, Facebook eliminó varias publicaciones del demandante relacionadas con el denominado «Movimiento Identitario» en 2019 y bloqueó temporalmente la cuenta del usuario. Tras otra publicación del demandante en enero de 2020, su cuenta fue bloqueada permanentemente. Facebook citó infracciones de las condiciones de uso del demandante en relación con las «Normas comunitarias», que prohíben el apoyo a «organizaciones de odio». Aunque el demandante no tuvo éxito en primera instancia, el Tribunal Regional Superior de Karlsruhe estimó en gran medida su recurso para detener los borrados y bloqueos temporales de cuenta y reactivar su cuenta de usuario. En cuanto a la eliminación de publicaciones y el bloqueo temporal de la cuenta, el tribunal consideró que estas medidas eran inadmisibles en virtud de las Condiciones Generales de Facebook.

Es posible que los proveedores de redes sociales exijan a los usuarios el cumplimiento de normas de comunicación objetivas y verificables en sus términos y condiciones, así como borrar publicaciones y bloquear el acceso a la red. Sin embargo, las condiciones también deben garantizar que se informa al usuario de la eliminación de la publicación inmediatamente después y de cualquier bloqueo de la cuenta de usuario por adelantado, y que se le da una razón para ello. En particular, el usuario debe tener la oportunidad de hacer comentarios. Dado que las condiciones de Facebook no cumplen estos requisitos, el Tribunal Regional Superior de Karlsruhe considera inválidas las cláusulas de eliminación y bloqueo que contienen. Las publicaciones sólo pueden ser eliminadas y la cuenta bloqueada si se publica contenido delictivo. El tribunal también dictaminó que la rescisión del contrato de usuario por parte de la red social no era válida, ya que no hubo advertencia previa. Tal advertencia sólo es dispensable en casos excepcionales muy limitados, por ejemplo en caso de incumplimientos contractuales especialmente graves o de inutilidad manifiesta de una advertencia. Sin embargo, en el caso concreto no había indicios de ello.

Fuente de información: Oficina de prensa del Tribunal Regional Superior de Karlsruhe, comunicado de prensa nº 3/22 de 4 de febrero de 2022.

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