Derecho contractual | Los beneficios del comercio de criptomonedas están sujetos a impuestos

Derecho contractual | Los beneficios del comercio de criptomonedas están sujetos a impuestos

Derecho contractual | Tribunal de Finanzas de Baden-Württemberg, Comunicado de prensa nº 6 / 2021

Así lo dictó el Tribunal Fiscal de Baden-Württemberg en su sentencia de 11 de junio de 2021 (auto nº 5 K 1996/19). El recurso está en la fase de apelación ante el Tribunal Fiscal Federal (BFH). Aún no se conoce el número de expediente en el Tribunal Fiscal Federal.

En su declaración de la renta correspondiente a 2017, el demandante declaró beneficios procedentes del comercio con criptodivisas. Su hijo llevaba el negocio por él de forma fiduciaria. El demandante había hecho una aportación en efectivo a la inversión de su hijo. El hijo también actuó en calidad de fiduciario de su madre y en nombre propio. Padres e hijo acordaron las respectivas participaciones en la inversión total. El hijo compró inicialmente criptomonedas Bitcoin con dólares estadounidenses (USD). Comerció directamente con algunos de los Bitcoin que poseía y utilizó otros para adquirir otras criptomonedas. Para ello, se registró en seis plataformas de negociación por Internet. Compró y vendió criptomonedas en un año. La parte demandada declaró los beneficios como ingresos procedentes de operaciones de venta privadas. El demandante interpuso un recurso. Alegó, que no existe «otro inmovilizado» y, por tanto, no hay transacción de compra-venta. Las criptomonedas no son un bien económico. Además, existe un déficit estructural de aplicación en la fiscalidad de las rentas procedentes del comercio de criptomonedas, que es atribuible al legislador. La tributación depende de la voluntad del contribuyente de realizar la declaración. No existen la obligación de declarar transferencias de Bitcoin y otras criptomonedas de o a un contribuyente. Una criptobolsa no está sometida al fisco. Haga clic aquí para leer el comunicado de prensa completo.

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