Derecho contractual | El Tribunal de justicia regional sobre la reparación de una escultura

Derecho contractual | El Tribunal de justicia regional sobre la reparación de una escultura

Derecho contractual | En una sentencia (auto nº 22 O 25/18), el Tribunal Regional de Düsseldorf falló que un coleccionista de arte tiene derecho a una indemnización por los gastos de reparación de 17.038 euros contra la galería demandada por los daños sufridos en su escultura.

En el caso concreto, el demandante había comprado el objeto de arte «Balloon Venus Jeff Koons» a la galería de arte demandada en enero de 2015, incluida una caja de transporte y una vitrina fabricadas especialmente, por un precio de compra de 45.000 euros. Se trata de una obra «múltiple» de una serie de 650 ejemplares de 2013, producida por la empresa New Art Editions de La Haya en colaboración con el artista Jeff Koons y publicada por Moët & Chandon. El objeto de arte es una escultura plástica compuesta de dos piezas, que está montada sobre una estela y encerrada en una vitrina de plexiglás. En 2017, el demandante encargó a la galería demandada el transporte de la mercancía desde la de los alrededores de Fráncfort del Meno hasta Düsseldorf. El gerente que recogió la escultura de manos del demandante confirmó que la obra de arte, incluida la caja de transporte y la vitrina, estaba en condiciones «adecuadas y perfectas». Tras el transporte, la obra presentaba arañazos o roces de pintura en la base, lo que hacía que la escultura, cuyo acabado era muy brillante, pareciera «mate». Además, la mercancía presentaba residuos y signos de corrosión.

El Tribunal Regional de Düsseldorf no concedió al demandante los 50.000 euros que había solicitado, sino sólo una indemnización de 17.038 euros. En consecuencia, la galería demandada fue responsable de los daños y perjuicios en cuanto al fondo, ya que no había acreditado que la escultura ya presentara los daños actuales cuando fue recogida. Sin embargo, el demandante sólo tiene derecho a 17.038 euros en concepto de gastos de reparación, ya que, según un dictamen pericial, no hubo siniestro total desde el punto de vista técnico, sino que era posible reparar la obra de arte. Tampoco se produciría una reducción de valor mercantil tras la reparación.

Fuente de información: Oficina de prensa del Tribunal Regional de Düsseldorf, comunicado de prensa nº 19/2021 de 13 de diciembre de 2021.

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